El Registro Único de Proponentes (RUP) es el registro administrado por las Cámaras de Comercio que centraliza la información sobre la capacidad jurídica, financiera, organizacional y la experiencia de las empresas y personas naturales que desean contratar con el Estado colombiano.
El RUP agrupa cuatro categorías. La capacidad jurídica recoge datos de constitución, objeto social, representación legal e inhabilidades. La capacidad financiera refleja los indicadores calculados con los estados financieros: índice de liquidez, índice de endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo neto operativo.
La capacidad organizacional mide la rentabilidad del patrimonio y del activo. Y la experiencia registra los contratos ejecutados, clasificados por códigos UNSPSC, que las entidades usan para exigir trayectoria específica en la categoría del proceso.
Toda persona natural o jurídica que quiera participar en licitación pública, selección abreviada o concurso de méritos debe tener el RUP vigente y en firme al cierre del proceso. La inscripción se hace ante la Cámara de Comercio del domicilio principal y debe renovarse cada año antes del 31 de marzo, actualizando estados financieros y experiencia.
Para procesos de mínima cuantía y ciertos casos de contratación directa, la inscripción no es obligatoria.
La entidad define en el pliego los requisitos mínimos de capacidad que los proponentes deben acreditar. El proponente los demuestra presentando su RUP vigente: la entidad verifica los datos directamente en el registro sin poder exigir documentación adicional ya validada.
Un RUP desactualizado o con información incorrecta puede significar la inhabilitación de la oferta, incluso si la empresa tiene capacidad real para ejecutar el contrato. Mantenerlo al día es una tarea básica de cualquier empresa que vende al Estado.
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